El desbordado turismo depredador que se ha presentado en la vía Líbano - Murillo – Manizales, denominada como la carretera más bonita de Colombia, que rodea al Nevado del Tolima, ha dejado escabrosas consecuencias como frailejones muertos, contaminación por basuras, altas emisiones de CO2 y esparcimiento del Retamo Espinoso que amenaza con invadir todo el PNNN.
Por ello, desde hace varios meses, comités ambientales, veedurías y entidades departamentales han solicitado medidas drásticas para mitigar el gran daño ambiental al que se está viendo expuesta la biodiversidad del PNNN, dos de ellas eran el pico y placa ambiental y el peaje ambiental.
Hace algunos minutos, con miras a garantizar el cumplimiento de la sentencia 1716 del 2020, que reconoce al Parque Nacional Natural Los Nevados como sujeto de derechos, impulsada por el abogado ibaguereño Juan Felipe Rodríguez, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué emitió una medida provisional que impone Pico y Placa en la carretera entre Murillo y Manizales, en los siguientes términos:
1. Para fines de semana, de manera alternada y comenzando con el fin de semana correspondiente a los días 26 y 27 de octubre de 2024, se permitirá el ingreso de vehículos con placas terminadas en dígito impar (1, 3, 5, 7 y 9); el siguiente fin de semana, que no tenga festivo, se permitirá el ingreso de vehículos con placas terminadas en dígito par, incluyendo el o, así: (0, 2, 4, 6,8) y así sucesivamente.
2. Para fines de semana que tengan un día festivo involucrado, de manera alternada y comenzando con el puente correspondiente a 2, 3 y 4 de noviembre de 2024, se permitirá el ingreso de vehículos con placas terminadas en 1, 2 y 3; para el puente siguiente las placas terminadas en 4,5 y 6; el siguiente 7,8 y 9; el siguiente 0, 1 y 2 y así sucesivamente a razón de tres (3) turnos de placas por puente festivo.
3. Excepto que se trate de vehículos que no sean de carga pesada que transporten alimentos perecederos, no se permitirá el tránsito de vehículos pesados de carga pesada de cualquier tonelaje.
4. Exceptuar de la medida anterior a los servicios de ambulancia, vehículos que transporten alimentos que no sean de carga pesada; vehículos gubernamentales de orden nacional, departamental y municipal, vehículos tipo jeep o similares que presten el servicio de transporte turístico a cabeceras municipales de Murillo o Manizales y sitios de acceso al parque.
5. Ordenar que se haga un registro diario, los 7 días de la semana, del número de personas que ingresan al PNNN por cada una de las zonas de acceso, con reporte semanal al Comité de Seguimiento para el Cumplimiento de las órdenes dictadas dentro del trámite, teniendo como referente las cargas mínimas acordadas por cada una de dichas zonas.
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